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Oficinas del Ministerio

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Oficina de Auditoria Interna

Comunicaciones y Prensa

Oficina de Planificación, Presupuesto y Control de Gestión

Oficina de Información a la Ciudadanía

Oficina de Asuntos Internacionales

Oficina de Asuntos Indígenas

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Empresas Sustentables

Ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas Corradi

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Maisa Rojas C. la nueva Ministra de Medio Ambiente

Doctora en Ciencias Atmosféricas de la Universidad de Oxford y tiene investigaciones en paleoclima y es experta en cambio climático. Es académica de la Universidad de Chile y directora del Centro de Ciencia del Clima y Resiliencia.

Además fue una de las autoras del último informe del Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) que se publicó en agosto del año pasado y que ratificó que los cambios observados en el clima en los últimos años son irreversibles. Adicionalmente, en 2018, fue nombrada por la entonces presidenta Michelle Bachelet como representante de la Presidencia de la República para la Comisión Asesora Presidencial Permanente de Cambio Climático.

En ese sentido, Maisa Rojas ha declarado que la emergencia climática es un tema transversal que no solamente tiene que ver con el medio ambiente, sino que también es una problemática social y económica.
«Se entiende que [el cambio climático] no es un problema solamente ambiental, sino también social y económico, que tiene que ver con el modelo de desarrollo del país. Chile ya ha tomado una postura al respecto al comprometerse a ser carbono neutral al año 2050, y que esa transición no puede ser cualquier transición, sino que tiene que ser una transición justa».
La experta en cambio climático se deberá enfrentar a distintos desafíos desde las Zonas de Sacrificio como la Sequía y conflictos socioambientales como Dominga y Alto Maipo.
Maisa Rojas–abreviación de su nombre completo que es María Heloísa Juana Rojas Corradi
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Subsecretario del Medio Ambiente: Maximiliano Proaño Ugalde

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Subsecretario: Maximiliano Proaño Ugalde

Es Abogado de la Universidad de Chile con un MA de la Universidad de Amsterdam. Con estudios sobre gestión pública para el desarrollo territorial y transición socioecológica.
Además, tiene experiencia como asesor, consultor e investigador en política ambiental y energética. Se ha desempeñado en el sector público, privado y formado parte de diversas organizaciones de la sociedad civil. Es militante de Convergencia Social.

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Secretarios Regionales Ministeriales

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En Mantención

Las autoridades regionales ya empezaron a trazar los objetivos ambientales del Gobierno del Presidente , que tienen como norte incrementar el liderazgo ambiental de Chile en Latinoamérica y encaminar al país hacia un desarrollo sustentable.

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Seremi de Medio Ambiente Región Arica Parinacota: 

Es Magíster (c) en Derecho de Minería de la Universidad de 

Seremi de Medio Ambiente Región de Tarapacá: 

. Su especialidad es Derecho Ambiental, Administrativo y Civil. Es Magíster en Derecho Ambiental en Universidad de Chile (en espera de aprobación de tesis)  

Seremi de Medio Ambiente Región de Antofagasta: 

Diplomado en gestión integrada de la calidad, seguridad y medio ambiente de la Universidad Andrés Bello de Viña del Mar. 

Seremi de Medio Ambiente Región Atacama: 

Diplomado en Gestión Ambiental de la Universidad de Chile y Magíster en Gestión Ambiental con mención en Ordenamiento Territorial de la Universidad de Santiago de Chile (USACH). 

Seremi de Medio Ambiente Región de Coquimbo: 

Tiene amplia experiencia como académico de materias vinculadas a la Economía Ambiental y Sustentabilidad en el Centro de Formación Técnica Juan Bohon de La Serena, y en la UCN de Coquimbo. 

Seremi de Medio Ambiente  Región de Valparaíso: 

“Programa Mejoramiento de Barrios” de la Subdere, destinado a mejorar la calidad de vida de los habitantes y dotar de infraestructura básica a los sectores vulnerables.

Seremi de Medio Ambiente  Región del Libertador General Bernardo O’Higgins: 

Experto en Prevención de Riesgos de la Industria Extractiva Minera, Universidad de la Serena. Actualmente se encuentra desarrollando 

Seremi de Medio Ambiente Región del Maule: 

Trabajó en la Secretaria de Planificación Comunal (SECPLA) de la Ilustre Municipalidad de Colbún. Entre 2010 y 2015, se desempeñó como Subdirector Regional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) y en los últimos años ocupó el cargo de Director de la Secretaría de Planificación Comunal (SECPLA) de la Ilustre Municipalidad de Vichuquén.

Seremi de Medio Ambiente  Región del Biobío:

Licenciado en Ciencias con Mención en Biología Marina. Magíster en Medio Ambiente con Mención en Gestión y Ordenamiento Ambiental de la Universidad de Santiago. 

Seremi de Medio Ambiente  Región de La Araucanía: 

gestión, operaciones, administración y desarrollo; orientadas a contribuir a la mayor productividad, rentabilidad y valor agregado con miras a la sustentabilidad de los sectores en los que se ha desempeñado.  

Seremi de Medio Ambiente  Región de Los Lagos: 

Posee un diplomado en Dirección y Gestión de Empresas, además de especializaciones en Metodologías de Resolución de Conflictos (GTZ – Subdere) y en Ordenamiento y Planificación Regional (CEPAL). 

Seremi de Medio Ambiente  Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo:

Se desempeñó por más de 25 años como arquitecto independiente especialista en diseño bioclimático y eficiencia energética. 

Seremi de Medio Ambiente  Región de Magallanes y Antártica Chilena: 

 ‘Programa de Desarrollo Gerencial’.  Trabajó durante 30 años en la Empresa Nacional del Petróleo, desarrollándose en diversas áreas y donde implementó el desarrolló el Programa de Saneamiento de Pasivos Ambientales. 

Seremi de Medio Ambiente  Región Metropolitana de Santiago: 

Posee diplomados en Derecho Laboral, Gestión de Recursos Humanos, Gestión de Calidad Y Gestión en Políticas Sociales.

Seremi de Medio Ambiente  Región de Los Ríos: 

Posee un postítulo en Arquitectura del Paisaje en la misma universidad, estudios de posgrado en la Universidad de Wisconsin, Estados Unidos; y MBE Desarrollo Sustentable de la Universidad de New South Wales, Australia.  

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Ministerio del Medio Ambiente

El Ministerio del Medio Ambiente de Chile, es el órgano del Estado encargado de colaborar con el presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.

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Funciones del Ministerio

Funciones del Ministerio

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Creado a través de la promulgación de la Ley 20.417, que reformó la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, el Ministerio tiene a su cargo el desarrollo y aplicación de variados instrumentos de gestión ambiental en materia normativa, protección de los recursos naturales, educación ambiental y control de la contaminación, entre otras materias.

Sus funciones específicas se detallan en el artículo 70 de la Ley:

a) Proponer las políticas ambientales e informar periódicamente sobre sus avances y cumplimientos.

b) Proponer las políticas, planes, programas, normas y supervigilar el Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, que incluye parques y reservas marinas, así como los santuarios de la naturaleza, y supervisar el manejo de las áreas protegidas de propiedad privada.

c) Proponer las políticas, planes, programas, normas y supervigilar las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos.

d) Velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales, en que Chile sea parte en materia ambiental, y ejercer la calidad de contraparte administrativa, científica o técnica de tales convenciones, sin perjuicio de las facultades del Ministerio de Relaciones Exteriores. Cuando las convenciones señaladas contengan además de las materias ambientales, otras de competencia sectorial, el Ministerio del Medio Ambiente deberá integrar a dichos sectores dentro de la contraparte administrativa, científica o técnica de las mismas.

e) Colaborar con los Ministerios sectoriales en la formulación de los criterios ambientales que deben ser incorporados en la elaboración de sus planes y políticas, evaluaciones ambientales estratégicas y procesos de planificación, así como en la de de sus servicios dependientes y relacionados.

f) Colaborar con los organismos competentes, en la formulación de las políticas ambientales para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables e hídricos.

g) Proponer políticas y formular normas, planes y programas en materia de residuos y suelos contaminados, así como la evaluación del riesgo de productos químicos, organismos genéticamente modificados y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente, sin perjuicio de las atribuciones de otros organismos públicos en materia sanitaria.

h) Proponer políticas y formular los planes, programas y planes de acción en materia de cambio climático. En ejercicio de esta competencia deberá colaborar con los diferentes órganos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local con el objeto de poder determinar sus efectos, así como el establecimiento de las medidas necesarias de adaptación y mitigación.

i) Proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad.

j) Elaborar y ejecutar estudios y programas de investigación, protección y conservación de la biodiversidad, así como administrar y actualizar una base de datos sobre biodiversidad.

k) Elaborar los estudios necesarios y recopilar toda la información disponible para determinar la línea de base ambiental del país, elaborar las cuentas ambientales, incluidos los activos y pasivos ambientales, y la capacidad de carga de las distintas cuencas ambientales del país.

l) Participar en la elaboración de los presupuestos ambientales sectoriales, promoviendo su coherencia con la política ambiental nacional. En ejercicio de esta facultad, se podrá fijar de común acuerdo con el ministerio sectorial, indicadores de gestión asociados a presupuestos. Con tal finalidad se deberá contar con la aprobación de la Dirección de Presupuestos.

m) Colaborar con las autoridades competentes a nivel nacional, regional y local en la preparación, aprobación y desarrollo de programas de educación, promoción y difusión ambiental, orientados a la creación de una conciencia nacional sobre la protección del medio ambiente, desarrollo sustentable, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental, y a promover la participación ciudadana responsable en estas materias.

n) Coordinar el proceso de generación de las normas de calidad ambiental, de emisión y de planes de prevención y, o descontaminación, determinando los programas para su cumplimiento.

ñ) Elaborar cada cuatro años informes sobre el estado del medio ambiente a nivel nacional, regional y local. Sin embargo, una vez al año deberá emitir un reporte consolidado sobre la situación del medio ambiente a nivel nacional y regional. Estos informes incluirán datos sobre la calidad del medio ambiente, así como un resumen ejecutivo que sea comprensible para el público en general.

o) Interpretar administrativamente las normas de calidad ambiental y de emisión, los planes de prevención y, o de descontaminación, previo informe del o los organismos con competencia en la materia específica y la Superintendencia del Medio Ambiente. El Ministerio del Medio Ambiente podrá requerir a los jefes de los servicios y organismos con competencias en materia ambiental, informes sobre los criterios utilizados por el respectivo organismo sectorial en la aplicación de las normas y planes señalados en el inciso anterior, así como de las dudas o dificultades de interpretación que se hubieren suscitado y de las desviaciones o distorsiones que se hubieren detectado. El Ministerio, podrá además, uniformar los criterios de aplicación y aclarará el sentido y alcance de las normas de calidad ambiental y de emisión, cuando observe discrepancias o errores de interpretación.

p) Administrar un Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes en el cual se registrará y sistematizará, por fuente o agrupación de fuentes de un mismo establecimiento, la naturaleza, caudal y concentración de emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de emisión, y la naturaleza, volumen y destino de los residuos sólidos generados que señale el reglamento. Igualmente, en los casos y forma que establezca el reglamento, el registro sistematizará y estimará el tipo, caudal y concentración total y por tipo de fuente, de las emisiones que no sean materia de una norma de emisión vigente. Para tal efecto, el Ministerio requerirá de los servicios y organismos estatales que corresponda, información general sobre actividades productivas, materias primas, procesos productivos, tecnología, volúmenes de producción y cualquiera otra disponible y útil a los fines de la estimación. Las emisiones estimadas a que se refiere el presente inciso serán innominadas e indicarán la metodología de modelación utilizada.

q) Establecer un sistema de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa ambiental de carácter general vigente, incluyendo un catastro completo y actualizado de dicha normativa, el que deberá ser de libre acceso y disponible por medios electrónicos.

r) Establecer convenios de colaboración con gobiernos regionales y municipalidades destinados a adoptar las medidas necesarias para asegurar la integridad, conservación y reparación del medio ambiente regional y local, así como la educación ambiental y la participación ciudadana. Cuando dichos convenios contemplen transferencia de recursos, deberán contar con la autorización del Ministerio de Hacienda.

s) Participar en el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de las políticas y planes que promuevan los diversos órganos de la Administración de conformidad a lo señalado en la presente ley.

t) Generar y recopilar la información técnica y científica precisa para la prevención de la contaminación y la calidad ambiental, en particular lo referente a las tecnologías, la producción, gestión y transferencias de residuos, la contaminación atmosférica y el impacto ambiental.

u) Administrar la información de los programas de monitoreo de calidad del aire, agua y suelo, proporcionada por los organismos competentes, cuando corresponda.

v) Financiar proyectos y actividades orientados a la protección del medio ambiente, el desarrollo sustentable, la preservación de la naturaleza, la conservación del patrimonio ambiental, la educación ambiental y la participación ciudadana.

w) Realizar y fomentar capacitación y actualización técnica a los funcionarios públicos en materias relacionadas con las funciones encomendadas al Ministerio, la que también podrá otorgarse a los particulares.

x) Crear y presidir comités y subcomités operativos formados por representantes de los ministerios, servicios y demás organismos competentes para el estudio, consulta, análisis, comunicación y coordinación en determinadas materias relativas al medio ambiente.

y) Fomentar y facilitar la participación ciudadana en la formulación de políticas y planes, normas de calidad y de emisión, en el proceso de evaluación ambiental estratégica de las políticas y planes de los ministerios sectoriales.

z) Asumir todas las demás funciones y atribuciones que la ley le encomiende.

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