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Conozca los beneficios e implicancias del DFL2

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Rebajas en los impuestos son las principales ventajas de las viviendas que no superan los 140 m² de superficie útil.

Una vivienda de uso habitacional, con una superficie construida de hasta 140 metro cuadrados y destinada a personas naturales es una propiedad DFL 2. Si su casa o departamento cumplen con estas características, usted se puede acoger a una serie de beneficios tributarios.

Pero ojo, la vivienda debe estar registrada como DFL 2. El desarrollador y/o la inmobiliaria se encargan de este trámite en el proceso de recepción final, quedando estipulado en la escritura de compraventa.

Beneficios tributarios

– Exención en el Impuesto Territorial: Las propiedades DFL 2 tendrán una exención del 50% en el pago de Contribuciones de Bienes Raíces por un determinado período.

• Construcciones de hasta 70 m² tendrán el beneficio por 20 años.

• Entre 71 m² y 100 m² contarán con la franquicia por 15 años.

• Desde 100 m² hasta 140 m² la exención será por 10 años.

Teodosio Cayo, gerente general de la firma tasadora de inmuebles Arenas & Cayo, explica los beneficios: “En la medida que la propiedad tenga más años de uso puede estar más próxima al término de esta franquicia. Por ello, si compra un DFL 2 que no sea nuevo, averigüe el tiempo que resta para el término de esta franquicia”.

– Impuesto a la renta: Los ingresos de «explotación» de un DFL 2 están libres de impuestos, lo que implica que todo lo que se reciba producto de un arriendo no es renta. Esta franquicia no se extingue en el tiempo, a menos que la propiedad pierda la condición de DFL 2.

¿Qué pasa si se vende la propiedad?

“La ganancia estará libre de impuesto, siempre y cuando haya transcurrido más de un año entre la fecha de compra y venta. De lo contrario, el SII puede presumir habitualidad y exigir el pago del impuesto respectivo. También puede quedar afecto a impuestos por la ganancia si se dedica a la compra y venta habitual de viviendas”, señala Teodosio Cayo.

– Impuestos de herencia y donaciones: Están exentos los inmuebles DFL 2 que el causante o donante haya adquirido o construido en su primera compra o transferencia. Eso sí, el beneficio se hace efectivo si el fallecimiento se produce 6 meses después de adquirir o haber terminado la construcción de la propiedad.

– Impuesto de timbres: Se obtendrá un rebaja de 50% al comprar la vivienda DFL 2 con crédito hipotecario.

– Inscripción Conservador de Bienes Raíces: Un inmueble nuevo solo paga el 50% de los aranceles.

¿Cuándo se pierden los beneficios?

Se pierde la condición de DFL 2 si la propiedad cambia su destino habitacional o si supera la superficie máxima de edificación de 140 metros cuadrados. “Las ampliaciones son permitidas, pero siempre que no se exceda de la cifra permitida y se cuente con la respectiva recepción municipal. Y ojo, porque al perder la condición de DFL-2 se perderán todos los beneficios tributarios”, afirmó Teodosio Cayo.

Finalmente, es importante señalar que en los 140 metros cuadrados no se considera el estacionamiento, jardín y piscina.

Asimismo, los beneficios solo rigen para un máximo de 2 viviendas por persona natural.

Fuente:.portalinmobiliario.com

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