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Corte anula aprobación de Punta Alcalde y pone en duda facultades del Comité de Ministros

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Fallo plantea que la instancia debe volver a reunirse y evaluar el proyecto sin considerar elementos o medidas nuevas – El tribunal determinó la existencia de acciones arbitrarias e ilegales por parte de la entidad gubernamental. Lo más probable es que la sentencia sea apelada.

Los proyectos de inversión se anotaron un nuevo revés ante la justicia. Esta vez fue el turno de Endesa Chile y Punta Alcalde, la central termoeléctrica que la firma busca instalar en la Región de Atacama.

La novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió tres de los cuatro recursos de protección que presentaron distintas organizaciones sociales, ambientales, vecinales, sindicatos de pescadores artesanales y el municipio de Huasco, para impugnar la aprobación de este complejo (740 MW) por parte del Comité de Ministros.

En diciembre de 2012, en su quinta sesión, la instancia anuló la decisión de la Comisión Evaluadora Ambiental de Atacama que previamente, en junio del mismo año, rechazó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto que es propiedad de Endesa Chile.

En lo medular, las tres resoluciones del tribunal de alzada capitalino establecieron que el comité cometió una arbitrariedad al incluir en su decisión criterios que no estaban contenidos en el EIA que fue rechazado y además que añadió medidas de mitigación, que no fueron evaluadas en la instancia correspondiente, refiriéndose al acuerdo entre la eléctrica y CAP para instalar equipos de abatimiento de emisiones en una instalación de la minera.

A raíz de lo anterior, la corte estableció que para “restablecer el imperio del derecho” se debe realizar de una nueva sesión del Comité de Ministros a fin de pronunciarse de la reclamación, debiendo razonar ”haciéndose cargo de los argumentos vertidos en la resolución denegatoria de la Comisión Ambiental de la Región de Atacama en relación al real impacto en la calidad del aire”, dice la resolución.

El Comité de Ministros forma parte de la institucionalidad ambiental y está conformado por los titulares de las carteras de Medio Ambiente, Salud, Economía, Agricultura, Energía y Minería. Sin embargo, en este caso la titular de la primera cartera, María Ignacia Benítez, se inahibilitó por haber estado ligada a la iniciativa y fue reemplazada por el subsecretario, Ricardo Irrarázabal.

“Esperamos que esta sentencia impulse una necesaria discusión sobre qué fuentes de energía vamos a aceptar hacia el futuro y cuáles debemos a abandonar”, dijo Alex Muñoz, director ejecutivo de Oceana, una de las entidades que recurrió a la justicia.

Pese a que su recurso fue el único que no fue acogido por la Corte de Apelaciones, el alcalde de Huasco, Rodrigo Loyola, expresó su satisfacción por la decisión. “Hay una enorme satisfacción de lo que en derecho ha respaldado la corte”, dijo el edil a CNN.

En Endesa Chile que era parte del proceso no hubo reacción ante las sentencias, pues dijeron estar revisando aún las implicancias del pronunciamiento. La misma respuesta emanó desde la Subsecretaría de Medio Ambiente.

Rayado de cancha

Abogados explicaron que más allá del revés para el proyecto de Endesa Chile (US$ 1.700 millones), el fallo tiene más implicancias para el Comité de Ministros, pues la corte define su campo de acción al decir que sólo puede considerar lo que se evaluó en la instancia anterior, y le prohíbe incluir nuevas medidas como el acuerdo entre Endesa Chile y CAP.

Esta situación no es nueva, pues en 2002 la Corte de Apelaciones rechazó la aprobación del Consejo de Ministros de la planta de celulosa de Itata (que fue rechazada por la Corema). Esto finalmente fue revertido por la Suprema.

Fuente:www.df.cl

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