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El nuevo sistema de evaluación ambiental
Con el nuevo reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental se termina de implementar la nueva institucionalidad ambiental, que incluye una poderosa superintendencia y nuevos tribunales. En nuestro país amamos las instituciones. Nadie lo resumió mejor que el ex Presidente Lagos: “En Chile las instituciones funcionan”. Aunque tendemos a cargarles la responsabilidad de todo.
No discutimos tanto las funciones ni el presupuesto de un órgano público; lo que nos importa es que tenga rango de ministro. Y mientras otros países buscan tener constituciones duraderas (Inglaterra ni siquiera la ha escrito), en nuestro país lo que se busca es modificarla, sobre todo por el hecho de modificarla.
Luego de largos meses de tramitación, finalmente se publicó el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que va a regular la operación del que ha sido el principal instrumento de protección ambiental, implementando los importantes cambios que se legislaron en el año 2010. Entre ellos, se incorpora la participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental de los proyectos que se definen como generadores de “cargas ambientales”, cuando lo solicita la comunidad. Se facilita la participación ciudadana y se establece que es obligatorio que se realice nuevamente cuando se han implementado cambios significativos al proyecto durante el proceso de evaluación (como fue el caso, por ejemplo, del proyecto Punta Alcalde). Además, regula la consulta indígena para que sea acorde a los compromisos internacionales propios del Convenio 169 de la OIT.
Otros cambios relevantes de este nuevo reglamento son la incorporación de la consulta de pertinencia como una forma de informar cambios de menor relevancia a un proyecto y una mejor definición de qué proyectos deben o no someterse al sistema de evaluación en casos que no estaban tan claros. También se acota el mecanismo de consultas de los servicios públicos, a fin de agilizar los plazos de evaluación, plazos que ya se han venido mejorando por la vía de la gestión del Servicio de Evaluación Ambiental.
Todavía faltan nuevos cuerpos normativos, en especial el Reglamento que implemente la Evaluación Ambiental Estratégica y la creación del Servicio de Biodiversidad y Areas Protegidas. Pero en lo que respecta a evaluación de proyectos de inversión, lo más importante de todo es que con la publicación de este reglamento se termina de implementar la nueva institucionalidad ambiental que incluye una poderosa superintendencia y la creación de tribunales especializados (aunque aún faltan los Tribunales Ambientales del norte y del sur) que, esperamos, vayan relevando progresivamente a las cortes de estar revisando temas técnicos y muy específicos para su competencia.
Con esto, es de esperar que los próximos proyectos emblemáticos que se discutan públicamente sean analizados en su mérito, con sus beneficios e impactos, sin “tirar la pelota para el córner”. Porque suele ocurrir, cada vez que hay una decisión compleja, que muchos líderes de opinión en vez de tomar una posición fundada al respecto, prefieren recurrir ágilmente a la muletilla: “Hay que revisar la institucionalidad”. Partidarios y detractores de determinadas iniciativas siempre culpando al campo de juego, en vez de competir argumentadamente en él. Ya se creó el ministerio, se modificó la ley y se crearon instituciones especializadas. Ya podemos discutir el fondo. Dejemos, entonces, que las instituciones funcionen.
por Clemente Pérez, abogado.
Fuente:diariolatercera.
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