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Abogados cuestionan código de aguas y aseguran que tiene vicios de inconstitucionalidad
Expertos precisan que lo más complejo radica en una supuesta expropiación encubierta que contendría el proyecto. Ahora, la iniciativa debe ser vista por el Senado.
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El proyecto para reformar el Código de Aguas, que fue aprobado el martes en la Cámara de Diputados, podría no avanzar con la misma velocidad en el Senado. “Muchos senadores están de acuerdo que una modificación tan delicada al Código de Aguas, requiere una modificación a la Constitución, lo que no ocurriría pues el proyecto carece de los votos suficientes para hacer esa modificación”, recalca Enrique Oyarzún, abogado medioambiental Moraga&Cía.
De hecho, en el caso de que el proyecto sea aprobado por el Senado, la oposición no descarta la idea de acudir al Tribunal Constitucional.
Según los especialistas, la inconstitucionalidad más grave y visible que propone la Reforma al Código de Aguas, es la expropiación sin indemnización, tal como lo viene advirtiendo hace años la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA).
“Esto ocurriría al momento de modificar la condición de dueño a miles de propietarios de derechos de aprovechamiento de aguas, para dejarlos en una condición de concesionario”, explica Oyarzún, añadiendo que “al pasar a ser concesionario, lo que era tuyo, pasó a limitarse a un número de años; lo que podías vender libremente, tendrá severas limitaciones, y un dominio que antes era perpetuo, estará sujeto ahora a una renovación forzada, sujeta a los tiempos y voluntad de un funcionario, de la ya recargada y subdotada, Dirección General de Aguas”.
La reforma busca cambiar el sistema de derecho perpetuo a un sistema de concesión temporal para asegurar la equidad y el acceso al agua. Sin embargo, Rodrigo Weisner, ex Director General de Aguas y socio de Puga Ortiz, que fue invitado como experto en tres oportunidades a las reuniones que sostuvo la Comisión de Hacienda, asegura que la equidad no tiene que ver con este tema. “No tiene que ver con el derecho de propiedad. El Estado tiene muchas obligaciones que no ha cumplido por falta de presupuesto y donde han tenido que construir embalses no lo ha hecho. Eso ha significado que los que tienen más dinero construyan pozos muy caros y profundos, pero la pequeña agricultura no tiene ese acceso”.
Otros de los puntos del proyecto que preocupa a los abogados es el que habla de establecer caudales ecológicos (que permiten saber el máximo de agua que puede otorgarse como derecho) diferenciados, “lo que sólo perjudicará a quienes ya tenían derechos de aprovechamiento en ese río, pues ese nuevo caudal ecológico (el nuevo límite) que se establezca, implicará que los antiguos propietarios tendrán un papel que los hace dueños de x cantidad de litros de agua por segundo, y en la práctica sólo podrán extraer o consumir una fracción de ellos”, enfatiza Oyarzún.
Según afirmaron desde la Cámara de Diputados, muchas empresas han acaparado concesiones y especulado con sus derechos de agua. Para terminar con eso, la reforma añade una nueva causal de pérdida que consiste en caducar las concesiones por no uso. Sin embargo, Weisner cuestiona ese punto, añadiendo que “en Chile existían muchos derechos que no se utilizaban y las empresas no recibían ningún castigo por eso, hasta que el año 2005 se sancionó con una patente por no uso. Eso ha empezado a tener efecto y algunas empresas han comenzado a renunciar a sus derechos de agua”, cuenta.
El problema es que “según la legislación las causales por las cuales yo puedo perder mis derechos son la renuncia, no pagar la patente o por hipotecar mi concesión y el banco me la quitara para pagar una deuda. La nueva causal que pretenden incorporar es inconstitucional”, enfatiza Weisner, quien explica que ya el año 1994 el Presidente Eduardo Frei sustituyó el sistema de caducidad por no uso -proyecto que había enviado el Presidente Patricio Aylwin- por el de una patente por no uso. “En ese momento se determinó que no era constitucional, porque la Constitución Política lo prohibe. Y el mismo”, advirtió.
Si bien los abogados tienen sus críticas, también reconocen los méritos del proyecto, principalmente aquel que consagra que el agua es un bien nacional de uso público. “Eso zanja la discusión que existe en temas de glaciares, donde se debate si son de bienes de uso público o de los dueños del terreno”, agrega Weisner.
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. Fuente/diario.pulso/ www.chiledesarrollosustentable.cl