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Corte Suprema rechaza recurso de casación y confirma multa aplicada por el segundo tribunal ambiental a Pampa Camarones
La Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó un sentencia dictada por el Segundo Tribunal Ambiental que Santiago, que aplicó una multa de 3.575,9 UF (unidades de fomento) a la empresa minera Pampa Camarones S.A. por una serie de infracciones en materia mediaombiental.
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En fallo unánime (causa rol 41.815-2016), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y el abogado (i) Álvaro Quintanilla– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida que sanciono a la minera por 12 vulneraciones a la normativa ambiental.
“Los antecedentes reunidos en la causa demuestran que la actuación de la compañía fue exactamente la inversa a aquello impetrada por la RCA: el adecuado cumplimiento de la obligación ordenada por la licencia sectorial en comento, una vez dispuesta la liberación del suelo por el Consejo de Monumentos Nacionales, realizar la recolección y, después, proceder a las labores. Por el contrario, Pampa Camarones S.A. intervino una zona de 15 hectáreas con trabajos de construcción e instalación del campamento necesario para operación del proyecto, y se perdieron los eventos líticos que dicho sector encerraba”, establece el fallo.
La resolución agrega que: “al utilizar Pampa Camarones S.A. el procedimiento inverso al que debió seguir, vale decir, comenzó con las obras del proyecto para después y de forma tardía proceder a la recolección y posterior solicitud de liberación de 18 de las 33 hectáreas del proyecto, la muestra obtenida no cumple con la obligación exigida por la RCA N° 29, y así se configuró la violación reprimida por la SMA y, por consiguiente, la contravención que se estableció cometida se ajusta a la formulación de los cargos, de modo que no se divisan las deficiencias que repudia el exordio del arbitrio de nulidad sustancial”.
Fuente: Prensa Poder Judicial. www.chiledesarrollosustentable.cl