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Servicio de Evaluación Ambiental: Sea rechaza recurso de ati y mantiene las 1.100 toneladas por años

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Sin modificaciones se mantendría la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) otorgada a ATI para la operación de su proyecto Recepción, Acopio y Embarque de Concentrado (RAEC), en el Puerto de Antofagasta.

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Esto, a raíz de la decisión adoptada por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de declarar «inadmisible» el recurso de reposición presentado por la concesionaria y que intentaba corregir el volumen de transferencia de carga anual indicado en el permiso ambiental de la iniciativa.

ATI aspiraba a que el SEA modificara por la vía administrativa lo que considera un «error» en la cifra señalada en el punto «Descripción del Proyecto», donde se expresa que las nuevas instalaciones construidas para uso exclusivo de Sierra Gorda SCM, movilizarán anualmente 1.100 toneladas de concentrado de cobre.

Según la empresa, lo que se debió consignar allí es 1.100.000 toneladas, que es la cifra original indicada en la Declaración de Impacto Ambiental presentada a evaluación.

Acciones

En mayo ATI interpuso ante el SEA un recurso de aclaración advirtiendo el citado «error» y pidiendo que fuera subsanado en virtud del artículo 62 de la Ley 19.880 (que permite enmendar situaciones «dudosas u oscuras» en actos administrativos finales). Dicha acción, sin embargo, fue rechazada por el servicio.

En junio la concesionaria volvió a recurrir al SEA pidiendo la corrección numérica, pero ahora a través de un recurso de reposición con un recurso jerárquico en subsidio, siendo estos últimos los que acaban de ser declarados inadmisibles.

Con esto, la RCA se mantiene en los términos que fue dictada en 2012, a la espera de la posible interposición de nuevos recursos administrativos o incluso eventuales acciones judiciales.

El SEA sustenta su declaración de inadmisibilidad en una resolución emitida apenas 48 horas antes por Contraloría General de la República.

Este órgano, ante una consulta genérica presentada por el mismo SEA, había precisado que la facultad de enmendar actos administrativos finales establecida en el artículo 62 de la Ley 19.880 era totalmente aplicable a una RCA y que respecto de aquel acto no procede deducir una reposición.

Según se desprende de su resolución, el SEA entendió que el oficio de junio de este año contestó la solicitud de aclaración hecha por ATI en mayo, y a continuación aplica la segunda parte del dictamen de Contraloría (no se puede deducir recurso posterior) para calificar como improcedente la reposición que seguía pendiente.

Reacción

ATI ayer declinó comentar los alcances de la resolución, aduciendo que acaban de ser notificados de lo resuelto por el SEA y que están evaluando los caminos a seguir.

Extraoficialmente sólo se conoció que la empresa considera que el SEA aún no se pronuncia sobre «el fondo» de la solicitud realizada y que en ese escenario incluso es posible presentar un nuevo recurso de aclaración para enmendar la cifra.

En todo caso, desde que se conoció la existencia de una discrepancia en el tonelaje de la RCA, la compañía ha sostenido que aquella discusión está centrada en lo ocurra con la operación del RAEC desde el año 22 en adelante (su vida útil es de 50 años), dado que la cifra de 1.100 toneladas anuales queda consignada en la RCA precisamente frente a una consulta por el funcionamiento del sistema desde aquel instante.

«De acuerdo a los permisos que tenemos, podemos transferir 1.100.000 toneladas métricas de concentrado de cobre anuales en los primeros 21 años del proyecto», insistió en junio el gerente general de la empresa, Cristian Wulf.

De hecho, ese mismo mes, y llevando a la práctica esa interpretación, ATI puso en operaciones el RAEC, superando rápidamente las 1.100 toneladas de concentrado detalladas en la descripción del proyecto.

En la otra cara de la moneda, ayer integrantes del movimiento «Este polvo te mata» acudieron a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) para pedir que se fiscalice el cumplimiento de la RCA entregada a ATI en lo que dice relación con los volúmenes máximos posibles de transferir.

«ATI está vulnerando de manera grosera la RCA al embarcar volúmenes muy superiores a las 1.100 toneladas anuales, según han reconocido sus propios ejecutivos», manifestó el concejal Jaime Araya.

La petición del movimiento es que se aplique la sanción más drástica que permite la legislación, como es la revocación de la RCA del proyecto.

«ERROR NUMÉRICO» PROVIENE DE 2012

El proyecto Recepción, Acopio y Embarque de Concentrado logró su aprobación ambiental en agosto de 2012 y no fue sino hasta comienzos de 2015 que se detecta que la RCA establecía en su punto 3,1 que las instalaciones movilizarían un estimado de «1.100 TM/año de concentrado de cobre». La cifra representa todo un problema, en vista sólo un embarque puede superar ocho o diez veces ese volumen.

 

Fuente/mercurioantofagasta/
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