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Tribunal Ambiental rechaza reclamación de habitantes de Caimanes contra proyecto de Los Pelambres
El organismo aseguró que pudo constar que el SEA realizó diversas acciones exigidas por la normativa legal en el marco del proceso de participación ciudadana.
Por unanimidad, el Primer Tribunal Ambiental con sede en Antofagasta rechazó este lunes la reclamación presentada por habitantes de la localidad de Caimanes por la calificación favorable del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Infraestructura Complementaria (INCO) de Minera Los Pelambres de Antofagasta Minerals, que involucra recursos por US$ 1.300 millones.
El punto que generó el análisis fue el proceso de participación ciudadana (PAC) llevado adelante por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) durante la evaluación del proyecto, ya que los vecinos reclamaron que fue no fueron considerados en este proceso. Según se argumentó en ese minuto, se habían efectuado diversas actividades, pero ninguna de ellas en Caimanes y ningún poblador de ese lugar habría participado en alguna de las iniciativas que realizó la empresa en Salamanca, Illapel y Los Vilos.
Sin embargo, el Tribunal -en un fallo de 47 páginas- asegura que pudo constatar que el organismo evaluador realizó diversas acciones exigidas por la normativa legal en términos de participación ciudadana, las que incluyeron un proceso de participación temprana iniciado el 2014 con la difusión del proyecto y actividades en las comunas de Illapel, Salamanca y Los Vilos que convocaron a personas de las distintas localidades que integran cada comuna, incluyendo a habitantes de Caimanes.
En un comunicado, el ministro redactor y presidente del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo, explicó que se cumplieron las normas que regulan el proceso de Participación Ciudadana establecidas por el SEA. “El proceso fue llevado a cabo en comunas y localidades que forman parte del área de influencia del proyecto, las cuales fueron determinadas en la línea base de medio humano”, sostuvo.
“Este tribunal es de la opinión que se dio íntegro cumplimiento por parte del SEA y el titular (empresa) a la obligación de fomentar y facilitar la participación ciudadana en la evaluación del proyecto, de conformidad a la ley, así como el deber de establecer los mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad”, recalcó.
Entre las actividades estuvo la denominada “Casa Abierta” que consistió en exponer los detalles de la infraestructura complementaria de la minera en diversos lugares. Esta iniciativa, que se efecuó en Salamanca, Illapel y Los Vilos, contempló módulos que las personas podían ir visitando e informarse del proyecto.
Además, se efectuó un puerta a puerta para visitar personas que se localizaban en el trazado de 61 kilómetros de tubería de agua desalinada que va desde el área industrial del puerto de Minera Los Pelambres hasta el área industrial El Mauro, y cuyo trayecto coincide con los sectores aledaños a la localidad de Caimanes.
“Las comunas de Illapel, Salamanca y Los Vilos, en las cuales se desarrolló la actividad Casa Abierta, fueron escogidas en función de la línea Base de Medio Humano, la cual, a su vez, se estructuró considerando los municipios que se verían afectados como consecuencia de lo siguiente: (a) del emplazamiento de las obras del proyecto; (b) del uso de las vías para las distintas actividades del proyecto; y (c) del alojamiento de trabajadores en localidades cercanas al mismo”, se explica en el fallo.
Otro de los aspectos que se resaltan es que “al ser la localidad de Caimanes parte integrante de la comuna de Los Vilos, este Tribunal considera que también se dio cumplimiento al criterio formal de horarios y divulgación exigido por el SEA”.
En esa lína, Oviedo agregó que “no es posible realizar actividades en cada una de las 30 localidades dependientes de las tres comunas que conforman el área de influencia del proyecto” y enfatizó en que “se evidenció la difusión del proyecto previo a su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental, SEIA, en la localidad de Caimanes ya que la empresa realizó instancias previas de acercamiento con la comunidad desde el 2014”.
Voto preventivo
El fallo -en el que participaron los ministros Oviedo (presidente), Juan Opazo y Marcelo Hernández- contó con el voto preventivo de este último. El profesional manifestó que la Guía Metodológica del SEA, que regula las actividades con la ciudadanía, establece, entre otros, aspectos, que el profesional del organismo debe revisar y analizar la información sobre el área de influencia con especial atención en aquellos lugares donde habitan personas potencialmente afectadas.
Fuente/Diario Financiero Chile Desarrollo Sustentable www.chiledesarrollosustentable.cl www.facebook.com/pg/ChiledesarrollosustentableCDS twitter.com/CDSustentable #CDSustentable,#Sostenible #DesarrolloSostenible #MedioAmbiente,#ECOXXI