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Un año de nueva institucionalidad ambiental: la difícil instalación y su «gallito» con los tribunales

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Expertos dicen que aún se está en un «período de ajuste», aunque señalan que uno de los problemas claves es que el recurso de protección persiste como la única herramienta que tienen los terceros, no titulares, frente a los proyectos. «Mientras esto no se solucione, seguirá siendo la estrella», afirman.

 

Sólo días faltan para que la nueva institucionalidad ambiental, que incluye la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y los tribunales ambientales, cumpla un año de funcionamiento. Doce meses que han sumado más de una complicación y en los que, todavía, existen dudas sobre su «peso» frente a la justicia ordinaria.

El día de los inocentes -28 de diciembre- de 2012 se daba el puntapié inicial a estas instituciones, pero la fecha parecía no ser designada al azar. Llegó el día y el tribunal ambiental con sede en Santiago… no tenía oficinas, impidiendo su operación y, por ende, coartando atribuciones de la SMA.

Y en el último tiempo las polémicas se han seguido sumando: primero la Corte de Apelaciones de Concepción paralizó la carbonera Bocamina II de Endesa, cuando la propia superintendencia llevaba meses investigando y ya tramitaba una solicitud de clausura.

El mismo organismo, liderado por Juan Carlos Monckeberg, pidió clausurar dos instalaciones de la división Ventanas de Codelco, recibiendo ayer el «portazo» del tribunal ambiental.

Para el abogado jefe de Area Ambiental de Prieto y Compañía, Alejandro Ruiz, «estamos en un periodo de ajuste de la nueva institucionalidad ambiental».

El profesor de Derecho Ambiental de la Universidad Católica de Valparaíso, Jorge Bermúdez, prefiere hacer un matiz entre ambos órganos: «La SMA, desde que empezó a ejercer sus potestades, ha hecho, para los pocos recursos que cuenta, muchísimo. Ha demostrado que se pueden hacer cosas, a pesar de los inconvenientes endémicos de la administración, como lo son la falta de recursos y personal», dice.

Aunque sobre el desempeño del Segundo Tribunal Ambiental -el primero en operar- comenta que comenzó con «pasos en falso» como, por ejemplo, no tener en un principio oficinas

«Este tribunal ha dictado tres sentencias y ha ido de menos a más. Partió desde una mirada muy civilista en sus primeras sentencias, para luego aplicar criterios de derecho ambiental. Ha ido afinando la puntería desde la perspectiva de delinear principios de derecho ambiental, interpretar normas de derecho ambiental, que es precisamente para lo que fue creado», opina Bermúdez.

Los fallos «deferentes» con los nuevos tribunales

En su instalación, los tribunales han recibido alguna ayuda de la justicia ordinaria, una especie de «deferencia» con el organismo creado. Así, a fines de mayo de este año la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaraba como inadmisible un recurso de protección ambiental.

El escrito era en contra del permiso ambiental obtenido por la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) para realizar el mejoramiento de la infraestructura para el trazado entre Santiago y Rancagua, en el que invertiría US$ 277 millones. Los contrarios al proyecto declaraban que su construcción amenazaba y perturbaba el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Esto no fue acogido por la sala presidida por Juan Cristóbal Mera aduciendo que la petición sobrepasa «los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que las materias planteadas deben ser ventiladas en el procedimiento contenido en la Ley 20.600, ante el Tribunal Ambiental creado especialmente al efecto, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección».

Mismo actuar tuvo la sala cuando otro grupo de ciudadanos recurrió de protección por el mismo proyecto de EFE. «Los hechos descritos en la presentación (…) exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso».

Los fallos «hostiles»

Pese a las muestras de confianza que dio la Corte de Apelaciones a los tribunales ambientales, la inadmisibilidad de uno de esos recursos se dejó sin efecto por parte de la Corte Suprema.

Así lo sentenció la tercera sala del máximo tribunal -presidida por Sergio Muñoz-, revirtiendo el fallo anterior y dejando que el caso fuera estudiado en la justicia ordinaria y no en la especializada.

Otro fallo hostil fue el de la Corte de Apelaciones de Concepción que acogió una orden de no innovar que paralizaba la central eléctrica Bocamina II. La primera sala lejos estuvo de dejar inadmisible el recurso presentado por agrupaciones de pescadores y, es más, se adelantó a una petición de clausura que tramitaba la SMA.

Fue la propia Endesa -propietaria de la carbonera- que abrió el debate por un posible choque de competencias entre la institucionalidad ambiental y la justicia ordinaria. «La Ley 20.417 (…) otorga competencia a la Superintendencia del Medio Ambiente para el ejercicio de la potestad sancionatoria respecto de estas materias, así como para adoptar las medidas cautelares», se lee en el escrito presentado por la generadora.

El problema

«Acá tenemos un problema de déficit normativo. Cuando se han creado otras jurisdicciones especializadas -como en materia aduanera o laboral-, se han incorporado también procesos de tutelas de derechos fundamentales», dice Bermúdez.

Explica que, por ejemplo, cuando se tiene un problema laboral, pero que afecta derechos fundamentales del trabajador, no se discute a través de un recurso de protección, sino que se hace en el mismo tribunal laboral, lo que no existe en materia medioambiental.

«No hay un procedimiento de tutela ambiental frente a la vulneración del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, porque si eso se hubiese establecido, esto se sacaba de la sede ordinaria y quedaba en la ambiental (…) Se pensó mucho en el tribunal ambiental como un lugar que fuera de garantía para el titular del proyecto, pero no para la ciudadanía», sostiene el catedrático.

Añade que «quedó el recurso de protección como la única herramienta que tienen los terceros, no titulares, frente a los proyectos. Mientras esto no se solucione el recurso de protección seguirá siendo la estrella».

Opinión similar plantea Ruiz, quien señala que «parece bastante fácil acreditar que un proyecto esté afectando mi derecho de vivir en un ambiente libre de contaminación. Estamos en un periodo de ajuste, pero no hay que esperar que se acaben los recursos de protección ambiental».

Fuente: diario la segunda

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