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Participación de las ERNC
Si el desarrollo de estas iniciativas en el país continuara con el mismo ritmo que hasta ahora, la meta planteada de 30% al 2030 parece factible de ser cumplida.
EXISTE consenso a nivel mundial sobre las ventajas de la incorporación de Energías Renovables No Convencionales (Ernc) a la matriz de generación eléctrica. En este sentido, varios candidatos presidenciales han adelantado su intención de aumentar a 30% la participación obligatoria de la energía generada por las Ernc respecto del global comercializado en los dos principales sistemas eléctricos chilenos para el año 2030.
Cabe recordar que la Ley 20.257, promulgada el 2007, estableció la obligación que para el 2024, el 10% de la energía comercializada en los principales sistemas eléctricos debe provenir de este tipo de fuentes. Esto, sumado a una disminución relevante de los costos de inversión de estas tecnologías -particularmente la solar fotovoltaica y la eólica- ha permitido que su incorporación haya comenzado a ser una realidad.
Existen proyectos mini hidráulicos, solares fotovoltaicos, eólicos y biomasa que tienen todos sus permisos aprobados, incluyendo los ambientales, que suman más de 8.000 MW, los cuales podrían ser instalados próximamente. Si el desarrollo de estas iniciativas continuara con el mismo ritmo que hasta ahora, la meta de 30% al 2030 parece factible de ser cumplida.
Sin embargo, estos nuevos proyectos, y en particular los de menor tamaño, enfrentan barreras entre las que destacan los costos para su conexión a los sistemas de subtransmisión y distribución. Si bien la normativa establece la obligación de parte de los propietarios de estos sistemas de permitir la conexión de estos medios de generación, nada indica sobre el financiamiento de las ampliaciones necesarias para que estas plantas aseguren su operación sin restricciones, lo que es un aspecto clave para el inversionista.
La experiencia internacional indica que en los países donde la obligación de adaptar las redes de transmisión y distribución está radicada en sus propietarios, se ha producido una efectiva penetración de las fuentes Ernc. Cabe destacar el caso de Alemania, donde en la actualidad el 22% de la generación corresponde a estas fuentes. La ley de energía renovable alemana establece la obligación de los propietarios de las redes de financiar sus ampliaciones, las que después son rentadas a través de peajes de transmisión, pero evita que el desarrollador Ernc incurra en el costo de inversión. Esta obligación no sería nada extraña para los propietarios de las redes, para quienes por lo demás es su negocio principal: construir redes y cobrar peaje por su uso.
Esta medida traería importantes beneficios, debido a que se optimizarían recursos para la construcción de las obras de conexión a la red de las centrales Ernc y no significaría perjuicio a las empresas de transmisión y distribución, que rentarían su inversión a través de los cargos tarifarios.
En síntesis, solucionando entre otros aspectos estas limitaciones, la meta planteada por los candidatos es factible de cumplir. Sin embargo, si bien es posible y saludable para el país integrar un mayor porcentaje de Ernc, no se debe olvidar que la incorporación de las otras tecnologías -como la hidroelectricidad, las centrales a carbón y/o gas natural- es algo absolutamente necesario para lograr abastecer adecuadamente la demanda.
por María Isabel González y Boris Muñoz, Energética S.A.; y Sysred S.A.
Fuente:www.latercera.com